¿Van a prohibir los Patinetes Eléctricos en España? Lo que pasará en 2026 y 2027
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No van a prohibir los patinetes eléctricos en España. Lo que sí va a pasar es que a partir del 22 de enero de 2027 solo podrán circular los que estén homologados, registrados y asegurados. Si el tuyo no cumple esos tres requisitos, no podrá salir a la calle.
Esto no es una prohibición general — es el fin de la moratoria para patinetes sin certificar. Y hay millones de usuarios a los que afecta directamente.
Qué ha cambiado desde enero de 2026
El 2 de enero de 2026 entró en vigor la nueva normativa basada en la Ley 5/2025 y el Real Decreto 52/2026. Desde ese día, circular con un patinete eléctrico sin cumplir estos tres requisitos puede costarte hasta 1.000 €:
El patinete debe estar homologado según el manual técnico de la DGT. Los vendidos desde el 22 de enero de 2024 ya deben traerlo de fábrica. Los anteriores tienen moratoria hasta enero de 2027.
Cada patinete debe estar inscrito individualmente en el Registro de Vehículos Personales Ligeros. Sin registro, no hay seguro. Sin seguro, no puedes circular legalmente.
El seguro del hogar no vale. Necesitas una póliza específica para VMP que cubra hasta 6.450.000 € en daños personales y 1.300.000 € en daños materiales por siniestro.
La fecha clave: 22 de enero de 2027
Esa es la línea de corte. Después de esa fecha, solo podrán circular por vía pública los patinetes que cumplan íntegramente con la normativa técnica y administrativa.
Tienes moratoria hasta enero de 2027 para seguir circulando. Pero durante ese periodo ya necesitas tenerlo registrado y asegurado. Si no puedes asegurarlo porque el modelo no está certificado, su uso quedará restringido a recintos privados antes de esa fecha.
¿Qué patinetes quedan fuera a partir de 2027?
Los que no tengan el certificado de circulación VMP — es decir, los modelos comprados antes de enero de 2024 que no puedan ser certificados por un laboratorio autorizado. No todos los patinetes antiguos pueden homologarse: si el modelo no cumple los requisitos técnicos de fábrica (potencia máxima 1.000 W, velocidad máxima 25 km/h, sistema de frenado, iluminación completa), no hay certificación posible.
El resultado práctico: muchos usuarios tendrán que renovar su patinete antes de enero de 2027 si quieren seguir circulando legalmente.
Normas de circulación que ya aplican ahora mismo
Más allá de la homologación y el seguro, estas reglas están en vigor desde 2026:
✅ Casco obligatorio en todas las vías urbanas — multa de 200 € si no lo llevas
✅ Edad mínima: 16 años
✅ Prohibido circular por aceras, zonas peatonales, autopistas y autovías
✅ Prohibido usar auriculares o el móvil mientras circulas
✅ Luces y reflectantes obligatorios con baja visibilidad
✅ Etiqueta identificativa visible en la parte trasera del vehículo
❌ Prohibición total de acceso a Renfe (Cercanías, Media y Larga Distancia)
La etiqueta identificativa: qué es exactamente
No es una matrícula al uso. Es una etiqueta adhesiva con el número de identificación asignado por la DGT tras la inscripción. Debe colocarse en la parte trasera del patinete, preferiblemente bajo la luz posterior, con unas dimensiones mínimas de 52,8 mm de ancho y 65 mm de alto. No vale cualquier pegatina — debe ser el modelo oficial.
El portaetiquetas debe estar integrado en la estructura del patinete. Esto condiciona los modelos que se pueden registrar y también el tipo de accesorios de montaje que son compatibles.
Multas vigentes desde 2026
🔴 Circular sin seguro obligatorio: 500 € – 1.000 €
🔴 Conducir bajo efectos del alcohol o drogas: 500 € – 1.000 €
🔴 Circular sin casco: 200 €
🔴 Circular sin registro o certificado: sanción + posible inmovilización del vehículo
🔴 Velocidad superior a 25 km/h: el vehículo deja de ser un VMP — pierde cobertura del seguro
Resumen: qué debes hacer según tu situación
Debe venir certificado de fábrica. Regístralo en la sede electrónica de la DGT y contrata el seguro obligatorio. Sin esos dos pasos, no puedes circular legalmente.
Tienes moratoria hasta enero de 2027. Regístralo como "vehículo no certificado" y asegúralo. A partir de enero de 2027, solo podrás usarlo si consigues certificación — y no todos los modelos pueden obtenerla.
Uso restringido a recintos privados a partir de enero de 2027. La opción más limpia es renovarlo antes de esa fecha por un modelo certificado.
Desde 2026, la etiqueta identificativa es obligatoria. En Holdtag fabricamos portamatrículas para patinetes eléctricos compatibles con la normativa VMP española — traseros y laterales, con protector transparente incluido. Ver portamatrículas →
¿Van a prohibir todos los patinetes eléctricos en España?
No. No hay una prohibición general. Lo que ocurre es que a partir del 22 de enero de 2027 solo podrán circular los patinetes que estén homologados, registrados y asegurados. Los que no cumplan esos requisitos quedarán fuera de la vía pública.
¿Qué pasa si no registro ni aseguro mi patinete antes de 2027?
No podrás circular legalmente por vía pública. Si te pillan, la multa por circular sin seguro va de 500 € a 1.000 €, y el vehículo puede ser inmovilizado.
¿Dónde se registra el patinete?
En la sede electrónica de la DGT. Necesitas el número de bastidor del patinete y, en el caso de modelos sin certificado, indicar que se trata de un "vehículo no certificado".
¿El seguro del hogar cubre el patinete?
No. La normativa exige una póliza específica de responsabilidad civil para VMP. El seguro del hogar no es válido para circular.
¿Puede mi patinete antiguo obtener certificación?
Depende del modelo. Si técnicamente cumple los requisitos (potencia máxima 1.000 W, velocidad máxima 25 km/h, iluminación y frenado correctos), puedes solicitar una certificación extraordinaria en un laboratorio autorizado. Si no los cumple, no es posible certificarlo.
No es una prohibición — es una regularización
Los patinetes eléctricos no van a desaparecer de las calles españolas. Lo que termina en enero de 2027 es la tolerancia con los vehículos sin homologar. Si tienes un patinete comprado antes de 2024, tienes margen hasta entonces para registrarlo y asegurarlo. Si no puede certificarse, tendrás que renovarlo.
El trámite de registro se hace online en la sede electrónica de la DGT. El seguro obligatorio lo ofrecen ya la mayoría de aseguradoras. No hay excusa para llegar a enero de 2027 sin estar en regla.



